Antecedentes del Proyecto Central Geotérmica Curacautín, ubicado en las regiones del Biobío y la
Araucanía, solicitando específicamente lo siguiente: (i) Tablas de datos de temperatura en profundidad;(ii)
Tabla de datos de química del fluido en profundidad; (iii) Muestras de roca en profundidad de los pozos;
(iv) Muestras de mineralogía de alteración en profundidad; (v) Mapas de estudios geofísicos; (vi) Mapas de
resistividad en profundidad; (vii) Mapas de gravimetría; (viii) Tablas de ubicación de los manantiales
calientes y sus características físico-químicas; (ix) Cualquier otra información técnica sobre las
características geotérmicas de la zona otorgada en concesión a la empresa ya individualizada. |
RESOLUCIÓN N° 01 Deniega entrega de información, correspondiente a la
solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T0000411. |
04/02/2016 |
copia de los antecedentes del Proyecto Central Geotérmica Curacautín, ubicado en las regiones del Biobío y
la Araucanía, solicitando específicamente lo siguiente: (i) Tablas de datos de temperatura en
profundidad;(ii) Tabla de datos de química del fluido en profundidad; (iii) Muestras de roca en profundidad
de los pozos; (iv) Muestras de mineralogía de alteración en profundidad; (v) Mapas de estudios geofísicos;
(vi) Mapas de resistividad en profundidad; (vii) Mapas de gravimetría; (viii) Tablas de ubicación de los
manantiales calientes y sus características físico-químicas; (ix) Cualquier otra información técnica sobre
las características geotérmicas de la zona otorgada en concesión a la empresa ya individualizada. |
Art. 20.- de la Ley N° 20.285, la solicitud requería documentos o antecedentes que podían afectar
intereses del tercero, por cuanto su publicidad, comunicación o conocimiento afecta los derechos de carácter
comercial o económico de dicha persona jurídica. |
ver enlace |
Nombre, números de teléfonos fijos y celulares y correos electrónicos de los jefes de departamentos, jefe
de gabinete, encargado de capacitaciones, encargados de programas de la institución, así también de
información de las distintas oficinas de la institución, incluyendo las direcciones regionales. |
RESOLUCIÓN N° 02 Deniega entrega de información, correspondiente a la
solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T0000466. |
24/03/2016 |
Nombre, números de teléfonos fijos y celulares y correos electrónicos de los jefes de departamentos, jefe
de gabinete, encargado de capacitaciones, encargados de programas de la institución, así también de
información de las distintas oficinas de la institución, incluyendo las direcciones regionales. |
Numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 20.285, y en las decisiones del Consejo para la Transparencia
recaídas en los Amparos Roles C136-13 y C872-13 |
ver enlace |
Correo electrónico del señor Ministro Máximo Pacheco M. y de la Subsecretaria de Energía Jimena Jara
Quilodrán. |
RESOLUCIÓN N° 03 Deniega entrega de información, correspondiente a la solicitud de
acceso a la información Folio N° AU002T0000522. |
05/05/2016 |
Correo electrónico del señor Ministro Máximo Pacheco M. y de la Subsecretaria de Energía Jimena Jara
Quilodrán. |
Numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 20.285, y en las decisiones del Consejo para la Transparencia
recaídas en los Amparos Roles C136-13 y C872-13 |
ver enlace |
Ley de Eficiencia Energética, proyección a 2025 de ahorro energético anunciado por la presidenta en
anunció el 21 de mayo de 2015 |
RESOLUCIÓN N° 04 Deniega entrega de información, correspondiente a solicitud
de acceso a la información Folio N° AU002T000519, por motivos que indica |
12/05/2016 |
Documentos, actos y resoluciones, respecto a la Ley de Eficiencia Energética, así como también avance de
la ley y proyección a 2025 de ahorro energético anunciado por la presidenta en anunció el 21 de mayo de 2015
|
Letra b), numeral 1, artículo 21, de la Ley Nº 20.285, antecedente o deliberación previa a la adopción de
una resolución, medida o política, sin perjuicio que aquello sea públicos una vez que sean adoptadas. |
ver enlace |
Informes de avance presentados respecto a las solicitudes de concesión de explotación de energía
geotérmica denominadas “Licancura III”, de titularidad de Transmark Chile II SpA y “Licancura I” y
“Polloquere 2”, ambas de titularidad de Empresa Nacional de geotermia S.A. |
RESOLUCIÓN N° 05 Deniega entrega de información correspondiente a la
solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T0000529. |
30/05/2016 |
parte de los informes de avances de las primitivas concesiones de exploración que dieron lugar a las
solicitudes de explotación de las solicitudes de concesión de explotación de energía geotérmica denominadas
“Licancura III”, de titularidad de Transmark Chile II SpA y “Licancura I” y “Polloquere 2”, ambas de
titularidad de Empresa Nacional de geotermia S.A., |
artículo 20 de la Ley N° 20.285, al considerar que la información solicitada contiene antecedentes que de
ser entregados a terceros, pueden afectar sus derechos de carácter comercial o económicos |
ver enlace |
Solicitud de concesión de exploración y explotación de energía geotérmica, así tambien los informes de
avance de concesión denominada ""Volcan Tacora"", de Infinergero SpA. |
RESOLUCIÓN N° 06 Deniega Parcialmente entrega de información,
correspondiente a solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T000557, por motivos que indica |
23/06/2016 |
Antecedentes de Solicitud de concesión de exploración y explotación de energía geotérmica, así tambien los
informes de avance de concesión denominada ""Volcan Tacora"", de Infinergero SpA. |
Artículo 20 de la Ley N° 20.285, la solicitud requería documentos o antecedentes que podían afectar
intereses del tercero, por cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecta los derechos de carácter
comercial o económico de dicha persona jurídica. |
ver enlace |
Contrato Especial de Operación para la Exploración y Explotación de Yacimiento de Hidrocarburos Bloque
Coirón, cuyos contratistas son empresa Nacional del Petroleo S.A. y Conoco Phillips Chile Ventures SpA |
RESOLUCIÓN N° 08 Deniega entrega de información, correspondiente a solicitud
de acceso a la información Folio N° AU002T000658. |
13/09/2016 |
Antecedentes del Contrato Especial de Operación para la Exploración y Explotación de Yacimiento de
Hidrocarburos Bloque Coirón |
Los numerales 2 y 4 del Art 21.- de la Ley Nº 20.285, cuando su publicidad, comunicación o conocimiento
afecta los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su
vida privada o derechos de carácter comercial o económico. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento
afecte el interés nacional, en especial si se refieren a la salud publica o las relaciones internacionales y
los intereses económicos o comerciales del país. |
ver enlace |
Contrato Especial de Operación para la Exploración y Explotación de Yacimiento de Hidrocarburos Bloque
Dorado Riquelme, cuyos contratistas son empresa Nacional del Petroleo S.A. y Methanex Chile SpAl |
RESOLUCIÓN N° 09 Deniega entrega de información, correspondiente a solicitud
de acceso a la información Folio N° AU002T000659. |
13/09/2016 |
Antecedentes del Contrato Especial de Operación para la Exploración y Explotación de Yacimiento de
Hidrocarburos Dorado-Riquelme |
Los numerales 2 y 4 del Art 21.- de la Ley Nº 20.285, cuando su publicidad, comunicación o conocimiento
afecta los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su
vida privada o derechos de carácter comercial o económico. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento
afecte el interés nacional, en especial si se refieren a la salud publica o las relaciones internacionales y
los intereses económicos o comerciales del país. |
ver enlace |
Balance Nacional de Energía años 2010-2011-2012-2013 y 2014, del Ministerio de Energía |
RESOLUCIÓN N° 10 Deniega entrega de información, correspondiente a solicitud de
acceso a la información Folio N° AU002T000674. |
28/09/2016 |
Base de Datos de las instituciones en el sector comercial, publica, Residencial que forma parte del
Balance Nacional de Energía años 2010-2011-2012-2013 y 2014, del Ministerio de Energía |
El numeral 5, del artículo 21, de la Ley N° 20.285, esto es, que las solicitudes de acceso a la
información pueden ser denegadas cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum
calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la
Constitución Política, su entrega vulneraría el secreto estadístico establecido en el artículo 29 de la Ley
Nº 17.374. |
ver enlace |
Contratos Especiales de Operación Petrolera, sus adendas y modificaciones, respecto a los Bloques
denominados: Tranquilo, Otway, Coirón, Caupolicán, Lenga, Rusfin, Lago Blanco, Brótula, Isla Magdalena,
Porvenir, Bahía Inútil, Dorado-Riquelme, Isla Norte, Campanario, Flamenco, San Sebastián y Marazzi – Lago
Mercedes. |
RESOLUCIÓN N° 11 Deniega entrega de información, correspondiente a solicitud
de acceso a la información Folio N° AU002T000670. |
18/10/2016 |
i) Monto en dinero y/o en cantidad de hidrocarburos entregados a las empresas por concepto de retribución
del contratista en cada uno de los bloques señalados, desglosado por cada mes de vigencia de los contratos
respectivos y ii) Cantidad de hidrocarburos que han sido sujetos a la opción de readquisición por parte del
estado y el precio pagado por dichos hidrocarburos, desglosado por cada mes de vigencia de los contratos
respectivos.”, de los Contratos Especiales de Operación Petrolera, denominados Bloques Marazzi – Lago
Mercedes, San Sebastián y Dorado - Riquelme, por cuanto las empresas Contratistas de los referidos CEOPs
|
Artículo 20 de la Ley N° 20.285, la solicitud requería documentos o antecedentes que podían afectar
intereses del tercero, por cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecta los derechos de carácter
comercial o económico de dicha persona jurídica. |
ver enlace |
Empleados a honorarios del Ministerio de Energía, institución/región, nombre, nivel academico, fecha de
ingreso al servicio, validez del contrato, jornada laboral, correo institucional y/o telefono institucional
|
RESOLUCIÓN N° 12 Deniega parcialmente entrega de información, correspondiente a
solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T000700. |
28/10/2016 |
Correo Institucional y/o telefono institucional |
Letra c), numeral 1, artículo 21, de la Ley Nº 20.285, Tratándose de requerimientos de carácter genérico,
referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer
indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. |
ver enlace |
Licitación Pública ID 584105-43-LQ16 para la ""Adquisición e instalación de sistemas fotovoltaicos para el
programa de Techos Solares Públicos en edificio de la 3ra Brigada Acorazada ""La Concepción"" del Ejército
de Chile, Antofagasta, región de Antofagasta"". |
RESOLUCIÓN N° 13 Deniega parcialmente entrega de información, correspondiente a
solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T000701. |
04/11/2016 |
Ofertas técnicas presentadas por las empresas oferentes |
Artículo 20 de la Ley N° 20.285, la solicitud requería documentos o antecedentes que podían afectar
intereses del tercero, por cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecta los derechos de carácter
comercial o económico de dicha persona jurídica. |
ver enlace |
Base de datos, que incluya mails de contacto de encargado de compra y recursos humanos, que incluya todos
los departamentos del Ministerio de Energía |
RESOLUCIÓN N° 14 Deniega parcialmente entrega de información a, correspondiente a
solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T000702. |
04/11/2016 |
Base de datos, que incluya mails de contacto de encargado de compra y recursos humanos, que incluya todos
los departamentos del Ministerio de Energía |
Letra c), numeral 1, artículo 21, de la Ley Nº 20.285, Tratándose de requerimientos de carácter genérico,
referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer
indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. |
ver enlace |
Política Energética para Aysen |
RESOLUCIÓN N° 15 Deniega parcialmente entrega de información a, correspondiente a
solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T000725. |
23/11/2016 |
observaciones, aportes o antecedente, respecto al proceso de ""evaluación Ambiental Estratégica a la
política Energetica para Aysen y Partipación Ciudadana en su Etapa de diseño |
Letra b), numeral 1, artículo 21, de la Ley Nº 20.285, antecedente o deliberación previa a la adopción de
una resolución, medida o política, sin perjuicio que aquello sea públicos una vez que sean adoptadas. |
ver enlace |
Programa Mas Leña Seca |
RESOLUCIÓN N° 16 Deniega parcialmente entrega de información, correspondiente a solicitud de acceso a la información
Folio N° AU002T000726. |
07/12/2016 |
Proyectos presentados en el llamado a licitación mediante Resolución 18 de fecha 31 de marzo de 2016, de
la Subse de Energía, sobre los proyectos de los participantes Héctor Miguel Casanova Tardon, Jorge Naguil
Manquel, José Eladio Tereuna Pérez, Elvio Ramón Vivar Santana, Antonio Tapia Arévalo, Cristian Marcelo
Negrón Schwerter, Francos Quintul Valenzuela, Sergio Fernando Brintrup Bohle y Juan Carlos Manosalva Armijo,
|
El numeral 2, artículo 21, de la Ley N° 20.285, esto es, “Cuando su publicidad , comunicación o
conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad su salud, la
esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico”. |
ver enlace |
Gestores Energéticos de cada edificios y Servicios Públicos |
RESOLUCIÓN N° 17 Deniega entrega de información, correspondiente a solicitud de acceso
a la información Folio N° AU002T000738. |
22/12/2016 |
Registro de gestores energéticos de la plataforma ""Gestiona Energía"". |
Letra b), numeral 1, artículo 21, de la Ley Nº 20.285, antecedente o deliberación previa a la adopción de
una resolución, medida o política. |
ver enlace |
Curriculum vitae de todas las personas seleccionadas para la entrevista técnica efectuada en las
dependencias del Ministerio de Energía para el concurso “Profesional del Área Ambiental Unidad de Franjas de
Transmisión de la División de Infraestructura Energética”, cuyos resultados finales se notificaron el día 6
de diciembre del presente año, quedando seleccionada la persona Paula Henrique Lang |
RESOLUCIÓN N° 18 Deniega parcialmente entrega de información, correspondiente a
solicitud de acceso a la información Folio N° AU002T000756. |
30/12/2016 |
Curriculum Vitae de doña Carla Douglas González y doña Carla Santibáñez Albornoz |
Numeral 2 del artículo 21 de la Ley N° 20.285, esto es, “Cuando su publicidad , comunicación o
conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad su salud, la
esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico” |
ver enlace |