Nombre del mecanismo de participación ciudadana | Descripción del mecanismo de participación ciudadana | Tiene consejo consultivo | Enlace a consejo consultivo | Requisitos para participar | Propósito de la aplicación o implementación del mecanismo | Participantes y/o beneficiarios | Enlace a mayor información |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Acceso a la información relevante | El Ministerio de Energía pondrá a disposición de la ciudadanía información relevante acerca de sus políticas, planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible. Para dar cumplimiento a lo expuesto, el Ministerio dispondrá de cuatro instrumentos de acceso a la información. El primero consta en la publicación de la información mencionada en el artículo 7º de la ley n° 20.285, , sobre Acceso a la Información Pública en la Web institucional. El segundo instrumento, se lleva a cabo mediante consulta directa, a través de un formulario Web o en papel, con retiro en Oficina de Partes, de acuerdo a lo señalado en la referida ley. El tercer instrumento corresponde al acceso a la información relevante a través de un formulario Web o en papel, a disposición del público en Oficina de Partes, en el que se podrán introducir todas aquellas consultas que no cumplan con los requisitos establecidos para constituir una solicitud de acceso a la información bajo los estándares de la ley Nº 20.285 (otras consultas, solicitud de audiencia, asesoría técnica, sugerencias y reclamos). Finalmente, se introduce la información exigida por la ley n° 20.730 de Lobby. | No | No tiene | Proveer datos básicos de identificación | Cubrir todos los requerimientos de información, complementando lo contenido en la Ley de Acceso a la Información Pública Nº 20.285. Incluyendo además asesorías técnicas en temas energéticos, audiencias, etc. posibilitando la interacción directa entre el Ministerio y el ciudadano. | Ciudadanía en general |
Plataforma Ley del Lobby Minenergia - Ley n° 20.730 SIAC Minenergia Formulario de acceso a la información pública - Ley n° 20.285 |
Cuenta publica participativa | El Ministerio de Energía anualmente dará cuenta pública participativa a la ciudadanía de la gestión de sus políticas, planes, programas, acciones y de su gestión presupuestaria. La cuenta pública será presentada por la autoridad máxima del Ministerio de Energía de forma presencial. Esta presentación deberá estar disponible para su lectura y en formato video web (FLV) en la página Web del Ministerio, quedando al alcance de todo público. En un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la disponibilidad de la cuenta pública, a través de los medios ya indicados, se habilitará durante 15 días hábiles un acceso Web para que la ciudadanía realice sus consultas respecto a esa presentación. El Ministerio de Energía dispondrá de un plazo máximo de 60 días hábiles, contados a partir del cierre del periodo de consulta, para poner a disposición del público las respuestas a las consultas realizadas por la ciudadanía, pudiendo extender este plazo en 10 días hábiles cuando la autoridad lo estime conveniente, informando al público de esa situación a través de la página Web del Ministerio. Las respuestas elaboradas por el Ministerio de Energía con respecto a la cuenta pública, serán puestas a disposición de la ciudadanía a través de su página Web. | No | No tiene | Proveer datos básicos de identificación | Informar a la ciudadanía sobre la gestión realizada y recoger opiniones , comentarios , y sugerencias sobre la misma promoviendo el control ciudadano y la corresponsabilidad. | Ciudadanía en general | Enlace última Cuenta Pública Participativa |
Consultas ciudadanas | El Ministerio de Energía, de oficio o a petición de parte, deberá señalar aquellas materias de interés ciudadano en que se requiera conocer la opinión de las personas, la consulta deberá realizarse de manera informada, pluralista y representativa. Al menos una vez al año, el Ministerio de Energía realizará un llamado a consulta ciudadana considerando simultáneamente las materias ya señaladas. La consulta podrá desarrollarse de manera presencial y/o virtual. | No | No tiene | Proveer datos básicos de identificación | Incorporar las opiniones y sugerencias ciudadanas para el diseño y/o mejora de los planes, programas y acciones que realiza el ministerio. | Ciudadanía en general | Consultas Ciudadanas |
Consejos de la sociedad civil | El Ministerio de Energía establecerá consejos de la sociedad civil de carácter consultivo, que estarán conformados de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con las competencias del Ministerio. La composición y funcionamiento de el o los consejos quedará determinado mediante un acto administrativo emanado de este Ministerio, el cual se encuentra en etapa de diseño. | No | No tiene | Ser representante de una asociación de la sociedad civil sin fines de lucro. Cumplir con los criterios señalados en el Reglamento del Consejo | Acompañar consultivamente el quehacer del Ministerio en los temas del ámbito de competencia en que se solicite su opinión. | Integrantes de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. |
Consejo de la Sociedad Civil Facebook - Consejo de la Sociedad Civil Consejo de la Sociedad Civil del Ministerio |
Comisiones regionales de desarrollo energético | La Comisión Regional de Desarrollo Energético debe apoyar y acompañar las distintas acciones impulsadas por el Ministerio de Energía y su Secretaría Regional Ministerial; acompañar los procesos de Ordenamiento Territorial Energéticos Regionales; apoyar el desarrollo de políticas y/o estrategias de energía a escala regional y/o comunal; y asesorar, en el ámbito de sus competencias, al Ministerio de Energía en toda otra materia que éste le requiera. | Si | No tiene | El Comité Consultivo es convocado por el Ministerio de Energía y reúne a un grupo de actores que representan distintas visiones existentes en el ámbito energético: sector público, privado, sociedad civil y academia, incluyendo participación regional. | Asesorar al Ministerio de Energía en los procesos de elaboración de políticas, planes y programas en materias de sus competencias, a nivel regional. | Actores regionales clave del ámbito energético del sector público, privado, sociedad civil y academia, ciudadanía en general | No tiene |